Proceso de expedición
• Dónde y cómo se expide. Proceso en un solo paso:
- El DNI electrónico se expide en los centros en los que actualmente se está realizando (equipos de expedición y equipos móviles)
- El DNI electrónico se expide en un solo acto administrativo, es decir en una sola visita al centro de expedición.
• Qué hace falta llevar.
Para solicitar la primera expedición del Documento Nacional de Identidad será imprescindible la presencia física de la persona a quien se haya de expedir, el abono de la tasa legalmente establecida en cada momento y la presentación de los siguientes documentos:
- Certificación literal de nacimiento expedida por el Registro Civil correspondiente o, en su caso, Certificado de inscripción de la nacionalidad española. A estos efectos únicamente serán admitidas las certificaciones expedidas con una antelación máxima de seis meses a la fecha de presentación de la solicitud de expedición del Documento Nacional de Identidad y que contengan la anotación de que se ha emitido a los solos efectos de la obtención de este documento.
- Una fotografía reciente, en color, del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomadas de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
- Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio, expedido con una antelación máxima de tres meses a la fecha de la solicitud del Documento Nacional de Identidad.
- Los españoles residentes en el extranjero acreditarán el domicilio mediante presentación de un certificado de acreditación de residencia que a estos efectos se expiden por la Representación Diplomática o Consular donde se hallen inscritos como residentes.
La renovación se llevará a cabo mediante la presencia física del titular del Documento, que deberá abonar la tasa correspondiente y aportar los siguientes documentos:
- Una fotografía reciente en color, del rostro del solicitante, tamaño 32 por 26 milímetros, con fondo uniforme blanco y liso, tomadas de frente con la cabeza totalmente descubierta y sin gafas de cristales oscuros o cualquier otra prenda que pueda impedir o dificultar la identificación de la persona.
- El DNI anterior.
- En caso de cambio de domicilio, respecto del que figure en el Documento anterior, Certificado o volante de empadronamiento del Ayuntamiento donde el solicitante tenga su domicilio (la validez de este documento es de 3 meses a partir de la fecha de su expedición). La presentación de este documento no será necesaria si el interesado autoirza, en el momento de la tramitación del DNI, a que por el equipo de expedición se acceda al Sistema de Verificación de Datos de Residencia, a efectos de consultar los datos de su domicilio.
- En caso de variación de datos de filiación, partida literal de nacimiento del Registro Civil, expedido con una antelación máxima de seis meses a la fecha de solicitud del DNI.
- El extravío, sustracción, destrucción o deterioro del Documento Nacional de Identidad, conllevará la obligación de su titular de proveerse inmediatamente de un duplicado, que será expedido en la forma y con los requisitos indicados para la renovación. En estos casos, el nuevo DNI tendrá la misma validez que el documento al que sustituye, salvo que éste se hallase en los últimos 90 días de vigencia y si el DNI extraviado o sustraído era del modelo anterior se ha de aportar una fotografía más y confeccionar un impreso que se entrega en la propia oficina de expedicción.
- Los españoles residentes en el extranjero, al efectuar la renovación de su documento nacional de identidad, en el supuesto del cambio de domicilio que figura en el mismo deberán presentar certificado del Consulado de España con el nuevo domicilio, o certificado de empadronamiento, si han regresado a España.