Renovación Certificados


La renovación de las claves es voluntaria, por iniciativa del ciudadano y gratuita.

El titular puede proceder a renovar los certificados, si el estado de los mismos es uno de los siguientes:

  • Si fueron revocados a petición del ciudadano.

  • Por caducidad, en un periodo de tiempo que abarca desde treinta días antes de la fecha de caducidad de los certificados hasta la caducidad del soporte físico (Tarjeta DNI). Los certificados caducan pasados 30 meses desde la emisión de los mismos.

Para proceder a la renovación deberá mediar la presencia física del titular en una Oficina de expedición, para lo que no será necesario solicitar cita previa. El ciudadano, haciendo uso de los Puntos de Actualización del DNI habilitados en dichas oficinas y previa autenticación mediante la tarjeta y las plantillas biométricas (impresiones dactilares) capturadas durante la expedición de la Tarjeta, podrá desencadenar de forma desatendida el proceso de renovación de sus certificados.

El proceso de renovación de certificados en el Punto de Actualización del DNI es el siguiente:

El titular tras introducir correctamente el PIN, accede a la pantalla de "información sobre el contenido de su DNI", en la parte inferior puede visualizar el estado de sus certificados. En su caso, en la parte izquierda aparece una casilla "renovar certificados". Si se selecciona "renovar certificados" solicita nuevamente el PIN y posteriormente la presentación de la huella dactilar. Si el resultado es positivo se procede a la renovación de los certificados, este proceso dura aproximadamente cinco minutos. Es importante, no retirar el documento del lector de tarjetas hasta la finalización del proceso, porque el DNI podría quedar inservible.

Si no fuere posible obtener la impresión dactilar de alguno de los dedos, el ciudadano deberá solicitar la renovación en un puesto de expedición atendido por un funcionario.

En el caso que haya transcurrido más de 5 años desde la identificación inicial del ciudadano (es el caso de la segunda renovación de los certificados en soportes de 10 o más años), en cumplimiento del artículo 13 de la Ley de Firma Electrónica ("La identificación de la persona física que solicite un certificado reconocido exigirá su personación ante los encargados de verificarla y se acreditará ...") la renovación a través de los Puntos de Actualización del DNI requerirán igualmente la personación del ciudadano, efectuándose su identificación mediante su clave personal (PIN) y la huella dactilar.

No se habilita por tanto ningún procedimiento para solicitar de forma telemática la renovación de los certificados siendo necesaria en todos los casos la presencia física del titular.

MINISTERIO DEL INTERIOR. Dirección General de la Policía. Cuerpo Nacional de Policía.

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