Aspectos Legales

Todos los españoles tendrán derecho a que se les expida el DNI, siendo obligatorio para los mayores de 14 residentes en España y para los de igual edad, residiendo en el extranjero, que se trasladen a España por un tiempo superior a seis meses.

Los menores de 14 años podrán obtener el DNI con carácter voluntario.

Se considera normativa básica aplicable:

En las Comunidades Autónomas en las que, además del castellano, tengan otra lengua oficial propia, los textos fijos que figuran en el DNI se consignarán en castellano y en la lengua de la respectiva C.A. sin que el ciudadano pueda optar por una u otra forma de expedición.

MINISTERIO DEL INTERIOR. Dirección General de la Policía. Cuerpo Nacional de Policía.

v.20221028