Trámites relativos a la obtención/renovación del DNI

La obtención por primera vez o la renovación del Documento Nacional de Identidad (DNI) sólo puede realizarse en España mediante comparecencia personal del interesado en cualquiera de los equipos de expedición de la Policía Nacional.

Para ser atendido, siempre y cuando se tenga DNI, se deberá obtener cita previa a través del sistema establecido al efecto en la web: Cita previa del dni.

En el caso de no tener DNI, o no haber podido conseguir cita para el período de tiempo en el que se esté en España, el interesado deberá presentarse personalmente en una oficina de expedición con la documentación necesaria para la expedición en cada caso (obtención por primera vez o renovación).

En los Registros Civiles Consulares, los españoles residentes en el extranjero deberán solicitar un certificado literal de nacimiento para DNI (con una antelación máxima de 6 meses), así como un certificado acreditativo de su domicilio en el extranjero (con una antelación máxima de 3 meses), que deberán aportar cuando se solicite el documento en España.

Los titulares de documentos expedidos con domicilio en el extranjero, tan pronto trasladen su residencia a España, aún cuando se trate de expediciones con validez permanente, deberán renovar dicho documento a efectos de actualización de domicilio.

Las oficinas de expedición, siendo conocedoras de la dificultad de obtener cita de manera ordinaria, y toda vez que se acredite la condición de residente en el extranjero y se aporte la documentación requerida, facilitarán, en la medida de lo posible, la tramitación del DNI durante la estancia en España.

Para más información, como pudiera ser la expedición del Pasaporte en el extranjero, pulse aquí para ser redirigido a la

página web del Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación

MINISTERIO DEL INTERIOR. Dirección General de la Policía. Cuerpo Nacional de Policía.

v.20221028